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del hombre griego.
UN DÍA EN LA VIDA… DE UN ABOGADO Fernández León, Óscar Abogado. Experto en habilidades profesionales @oscarleon_abog La pasada semana, tras un encuentro con jóvenes abogados, un recién iniciado me comentaba, algo confuso, que en el despacho en el que hacia las prácticas no levantaba cabeza examinando expedientes y que, la verdad, no veía tan compleja la jornada delabogado
NORMA JURÍDICA
DEL ESTADO DE DERECHO AL ESTADO CONSTITUCIONAL 29 pensamientos sobre “Del Estado de Derecho al Estado Constitucional”. -Las constituciones, aunque requieren de una flexibilidad natural para adaptarse a las circunstancias del momento, son la ley suprema. Ninguna ley puede contradecirlas y todas las leyes tienen que ser congruentes con la ella. LA ARGUMENTACIÓN DEL ABOGADO Lectura seleccionada n.° 5 "La argumentación del Abogado” Universidad América Latina. (s.f.). La argumentación del abogado. Actividad formativa n.° 5 Instrucciones: Luego de haber leído minuciosamente “La argumentación del abogado”, realice un resumen teniendo en cuenta lo siguiente: 1. Máximo número de líneas: 20. 2. Se tendrá en cuenta la correcta ortografía. LA MUERTE DEL LEGISLADOR LA MUERTE DEL LEGISLADOR Fernando DE TRAZEGNIES GRANDA1 La naissance du lecteur doit se payer de la mort de l'Auteur. Roland BARTHES2 El autor debería morirse después de haber escrito su obra. Para allanarle el camino al texto. Umberto ECO3 SUMARIO: I. Introducción. II. La interpretación: Punto de partida de una reflexión teóricasobre el derecho.
ANÁLISIS ECONÓMICO DEL DERECHO El análisis económico del derecho es un intento, entre muchos otros disponibles, para tratar de responder a esas y otras preguntas relevantes. Para ello toma prestada de la economía su método y aproximación. El usar el método y aproximación de la que es quizás la reina de las ciencias sociales, permite descubrir aspectos delderecho que
CUÁLES SON LOS FINES DEL PROCESO PENAL? Los fines del proceso penal En doctrina se distingue un fin principal (de caracter mediato) y uno secundario (de caracter inmediato). El profesor MIXÁN MASS distingue magistralmente el fin inmediato del mediato cuando señala: los fines inmediatos del proceso penal vendrían constituídos por los de obtención objetiva y sin dilaciones de la verdad de los PAIDEIA | LAW, SCIENCE & ARTTRANSLATE THIS PAGE Estimado Lector: Este blog, de corte ius filosófico, nace con el objeto de compartir temas de manera holistica. Si bien nace como un blog de especialidad, en su desarrollo fue inevitable extenderlo a otras disciplinas del saber, por cierto nada ajenos en la formación académica del jurista, que a ELVIS OROZ | PAIDEIATRANSLATE THIS PAGE Delito de alteración del ambiente o paisaje. 29 Lunes Mar 2021. Posted by Elvis Oroz in Prácticas. ≈ 1 comentario. Casación 74-2014 Amazonas, Elementos típicos del CASO ELMER | PAIDEIATRANSLATE THIS PAGE Autor: SOBRE EL NOMBRE DEL BLOG: PAIDEIA “Al emplear un término griego para expresar una cosa griega, quiero dar a entender que esta cosa se contempla, no con los ojos del hombre moderno, sino con losdel hombre griego.
UN DÍA EN LA VIDA… DE UN ABOGADO Fernández León, Óscar Abogado. Experto en habilidades profesionales @oscarleon_abog La pasada semana, tras un encuentro con jóvenes abogados, un recién iniciado me comentaba, algo confuso, que en el despacho en el que hacia las prácticas no levantaba cabeza examinando expedientes y que, la verdad, no veía tan compleja la jornada delabogado
NORMA JURÍDICA
DEL ESTADO DE DERECHO AL ESTADO CONSTITUCIONAL 29 pensamientos sobre “Del Estado de Derecho al Estado Constitucional”. -Las constituciones, aunque requieren de una flexibilidad natural para adaptarse a las circunstancias del momento, son la ley suprema. Ninguna ley puede contradecirlas y todas las leyes tienen que ser congruentes con la ella. LA ARGUMENTACIÓN DEL ABOGADO Lectura seleccionada n.° 5 "La argumentación del Abogado” Universidad América Latina. (s.f.). La argumentación del abogado. Actividad formativa n.° 5 Instrucciones: Luego de haber leído minuciosamente “La argumentación del abogado”, realice un resumen teniendo en cuenta lo siguiente: 1. Máximo número de líneas: 20. 2. Se tendrá en cuenta la correcta ortografía. LA MUERTE DEL LEGISLADOR LA MUERTE DEL LEGISLADOR Fernando DE TRAZEGNIES GRANDA1 La naissance du lecteur doit se payer de la mort de l'Auteur. Roland BARTHES2 El autor debería morirse después de haber escrito su obra. Para allanarle el camino al texto. Umberto ECO3 SUMARIO: I. Introducción. II. La interpretación: Punto de partida de una reflexión teóricasobre el derecho.
CONCEPCIONES DEL DERECHO CONCEPCIONES DEL DERECHO Elvis Oroz Principales concepciones del Derecho Definir algo consiste en distinguir unas realidades de otras mediante palabras, el resultado de esta tarea es el concepto, y en el caso que nos ocupa, el concepto de Derecho. Dicho concepto, sea cual fuere el que cada uno tenga, separa siempre las realidades CUÁLES SON LOS FINES DEL PROCESO PENAL? Los fines del proceso penal En doctrina se distingue un fin principal (de caracter mediato) y uno secundario (de caracter inmediato). El profesor MIXÁN MASS distingue magistralmente el fin inmediato del mediato cuando señala: los fines inmediatos del proceso penal vendrían constituídos por los de obtención objetiva y sin dilaciones de la verdad de los PAIDEIA | LAW, SCIENCE & ARTTRANSLATE THIS PAGE Estimado Lector: Este blog, de corte ius filosófico, nace con el objeto de compartir temas de manera holistica. Si bien nace como un blog de especialidad, en su desarrollo fue inevitable extenderlo a otras disciplinas del saber, por cierto nada ajenos en la formación académica del jurista, que aNORMA JURÍDICA
Norma jurídica. Es un derecho dirigido a la ordenación del comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento puede llevar aparejado una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos. Sumario Introducción Elementos de las normas jurídicas Características Distinción de otras reglas Funciones Fuentes Introducción Existe una fuerte tradición,ABRIL | 2020
Estamos preparados para actuar, después de la pandemia. Antes de tomar decisiones debes conocer un poco sobre el antes y el después del COVID-19. Se estratégico, mira el futuro, preparándote para hacer cosas nuevas. El mundo ha cambiado, aquí una herramienta para FEBRERO | 2020 | PAIDEIATRANSLATE THIS PAGE El concepto de persona jurídica en el derecho romano. Elguera, E. (1957). El concepto de persona jurídica en el derecho romano. Lecciones y Ensayos, 6, 47-55. HISTORIA DE LA LEGISLACIÓN ROMANA HISTORIA DE LA LEGISLACIÓN ROMANA DESDE SU ORIGEN HASTA LA LEGISLACIÓN MODERNA Y DE UNA EXPLICACIÓN HISTÓRICA DE LAS INSTITUCIONES DE JUSTINIANO, SEGÚN LOS TEXTOS ANTIGUAMENTE CONOCIDOS, O MÁS RECIENTEMENTE DESCUBIERTOS, POR Joseph Louis Elzéar Ortolan. Joseph Louis Elzéar Ortolan (21 de agosto de 1802 – 27 de marzo de1873) fue un
SÓCRATES | PAIDEIATRANSLATE THIS PAGE Autor: SOBRE EL NOMBRE DEL BLOG: PAIDEIA “Al emplear un término griego para expresar una cosa griega, quiero dar a entender que esta cosa se contempla, no con los ojos del hombre moderno, sino con losdel hombre griego.
DELITO DE ALTERACIÓN DEL AMBIENTE O PAISAJE 1 pensamiento sobre “Delito de alteración del ambiente o paisaje”. En este texto que trata de la filiación no se puede evadir que su concepto se entronca con la de la familia y que esta última se configura de acuerdo con convicciones sociales arraigadas en la conciencia secular de un pueblo.CINE | PAIDEIA
Algunos se preguntaban cuál sería la primera ‘celebridad’ en contagiarse de Coronavirus y resultó ser uno de los actores más queridos de todos los tiempos: Tom Hanks.El propio actor reveló en sus redes sociales que tanto él como su esposa Rita Wilson dieron positivo tras examinarse en Australia, luego de presentar síntomas defiebre y mareo.
CRIMINOLOGÍA EN EL PERÚ Estimado profesor, desearía que a través suyo pudiesen mis educandos conocer lo que es la Criminología. No hace mucho les hable sobre el estudio preliminar para Latinoamérica y el Perú que tuvo a bien de escribir, sin embargo nada podría compararse a una entrevista, de tal forma que sea usted mismo quien comparta sus ideas y pensamientos en torno a una ciencia cuya participación en el CUÁLES SON LOS FINES DEL PROCESO PENAL? Los fines del proceso penal En doctrina se distingue un fin principal (de caracter mediato) y uno secundario (de caracter inmediato). El profesor MIXÁN MASS distingue magistralmente el fin inmediato del mediato cuando señala: los fines inmediatos del proceso penal vendrían constituídos por los de obtención objetiva y sin dilaciones de la verdad de los PAIDEIA | LAW, SCIENCE & ARTTRANSLATE THIS PAGE Estimado Lector: Este blog, de corte ius filosófico, nace con el objeto de compartir temas de manera holistica. Si bien nace como un blog de especialidad, en su desarrollo fue inevitable extenderlo a otras disciplinas del saber, por cierto nada ajenos en la formación académica del jurista, que a ELVIS OROZ | PAIDEIATRANSLATE THIS PAGE Delito de alteración del ambiente o paisaje. 29 Lunes Mar 2021. Posted by Elvis Oroz in Prácticas. ≈ 1 comentario. Casación 74-2014 Amazonas, Elementos típicos delAGOSTO | 2020
El derecho cumple la misión de regular las conductas, garantizar la seguridad, establecer la paz y luchar por la justicia. El abogado es el profesional que, a través del derecho, dedica su CASO ELMER | PAIDEIATRANSLATE THIS PAGE Autor: SOBRE EL NOMBRE DEL BLOG: PAIDEIA “Al emplear un término griego para expresar una cosa griega, quiero dar a entender que esta cosa se contempla, no con los ojos del hombre moderno, sino con losdel hombre griego.
JULIO | 2020 | PAIDEIA Protocolos de Actuación Interinstitucional de carácter sistémico y transversal, contenido en el Plan para la Consolidación de la Reforma Procesal Penal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2014-JUS. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil dieciocho. LA MUERTE DEL LEGISLADOR LA MUERTE DEL LEGISLADOR Fernando DE TRAZEGNIES GRANDA1 La naissance du lecteur doit se payer de la mort de l'Auteur. Roland BARTHES2 El autor debería morirse después de haber escrito su obra. Para allanarle el camino al texto. Umberto ECO3 SUMARIO: I. Introducción. II. La interpretación: Punto de partida de una reflexión teóricasobre el derecho.
UN DÍA EN LA VIDA… DE UN ABOGADO Fernández León, Óscar Abogado. Experto en habilidades profesionales @oscarleon_abog La pasada semana, tras un encuentro con jóvenes abogados, un recién iniciado me comentaba, algo confuso, que en el despacho en el que hacia las prácticas no levantaba cabeza examinando expedientes y que, la verdad, no veía tan compleja la jornada delabogado
NORMA JURÍDICA
DEL ESTADO DE DERECHO AL ESTADO CONSTITUCIONAL 29 pensamientos sobre “Del Estado de Derecho al Estado Constitucional”. -Las constituciones, aunque requieren de una flexibilidad natural para adaptarse a las circunstancias del momento, son la ley suprema. Ninguna ley puede contradecirlas y todas las leyes tienen que ser congruentes con la ella. LA ARGUMENTACIÓN DEL ABOGADO Lectura seleccionada n.° 5 "La argumentación del Abogado” Universidad América Latina. (s.f.). La argumentación del abogado. Actividad formativa n.° 5 Instrucciones: Luego de haber leído minuciosamente “La argumentación del abogado”, realice un resumen teniendo en cuenta lo siguiente: 1. Máximo número de líneas: 20. 2. Se tendrá en cuenta la correcta ortografía. PAIDEIA | LAW, SCIENCE & ARTTRANSLATE THIS PAGE Estimado Lector: Este blog, de corte ius filosófico, nace con el objeto de compartir temas de manera holistica. Si bien nace como un blog de especialidad, en su desarrollo fue inevitable extenderlo a otras disciplinas del saber, por cierto nada ajenos en la formación académica del jurista, que a ELVIS OROZ | PAIDEIATRANSLATE THIS PAGE Delito de alteración del ambiente o paisaje. 29 Lunes Mar 2021. Posted by Elvis Oroz in Prácticas. ≈ 1 comentario. Casación 74-2014 Amazonas, Elementos típicos delAGOSTO | 2020
El derecho cumple la misión de regular las conductas, garantizar la seguridad, establecer la paz y luchar por la justicia. El abogado es el profesional que, a través del derecho, dedica su CASO ELMER | PAIDEIATRANSLATE THIS PAGE Autor: SOBRE EL NOMBRE DEL BLOG: PAIDEIA “Al emplear un término griego para expresar una cosa griega, quiero dar a entender que esta cosa se contempla, no con los ojos del hombre moderno, sino con losdel hombre griego.
JULIO | 2020 | PAIDEIA Protocolos de Actuación Interinstitucional de carácter sistémico y transversal, contenido en el Plan para la Consolidación de la Reforma Procesal Penal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2014-JUS. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil dieciocho. UN DÍA EN LA VIDA… DE UN ABOGADO Fernández León, Óscar Abogado. Experto en habilidades profesionales @oscarleon_abog La pasada semana, tras un encuentro con jóvenes abogados, un recién iniciado me comentaba, algo confuso, que en el despacho en el que hacia las prácticas no levantaba cabeza examinando expedientes y que, la verdad, no veía tan compleja la jornada delabogado
DEL ESTADO DE DERECHO AL ESTADO CONSTITUCIONAL 29 pensamientos sobre “Del Estado de Derecho al Estado Constitucional”. -Las constituciones, aunque requieren de una flexibilidad natural para adaptarse a las circunstancias del momento, son la ley suprema. Ninguna ley puede contradecirlas y todas las leyes tienen que ser congruentes con la ella. LA MUERTE DEL LEGISLADOR LA MUERTE DEL LEGISLADOR Fernando DE TRAZEGNIES GRANDA1 La naissance du lecteur doit se payer de la mort de l'Auteur. Roland BARTHES2 El autor debería morirse después de haber escrito su obra. Para allanarle el camino al texto. Umberto ECO3 SUMARIO: I. Introducción. II. La interpretación: Punto de partida de una reflexión teóricasobre el derecho.
LA ARGUMENTACIÓN DEL ABOGADO Lectura seleccionada n.° 5 "La argumentación del Abogado” Universidad América Latina. (s.f.). La argumentación del abogado. Actividad formativa n.° 5 Instrucciones: Luego de haber leído minuciosamente “La argumentación del abogado”, realice un resumen teniendo en cuenta lo siguiente: 1. Máximo número de líneas: 20. 2. Se tendrá en cuenta la correcta ortografía. CONCEPCIONES DEL DERECHO CONCEPCIONES DEL DERECHO Elvis Oroz Principales concepciones del Derecho Definir algo consiste en distinguir unas realidades de otras mediante palabras, el resultado de esta tarea es el concepto, y en el caso que nos ocupa, el concepto de Derecho. Dicho concepto, sea cual fuere el que cada uno tenga, separa siempre las realidadesAGOSTO | 2020
El derecho cumple la misión de regular las conductas, garantizar la seguridad, establecer la paz y luchar por la justicia. El abogado es el profesional que, a través del derecho, dedica su JULIO | 2020 | PAIDEIA En nuestro país desde 1980 en que por mandato constitucional art. 250º) se crea el Ministerio Público como un órgano constitucional autónomo cuya función es la persecución del delito y se reconoce el Derecho al Juicio previo y a la inviolabilidad de la defensa (art. 233.9) se sentaron las bases para el establecimiento de un sistema procesal de carácter acusatorio.ABRIL | 2020
Estamos preparados para actuar, después de la pandemia. Antes de tomar decisiones debes conocer un poco sobre el antes y el después del COVID-19. Se estratégico, mira el futuro, preparándote para hacer cosas nuevas. El mundo ha cambiado, aquí una herramienta paraOCTUBRE | 2020
8 entradas publicadas por Elvis Oroz en October 2020. La pobreza y la desigualdad social marcan la realidad social de muchos niños de Córdoba y el país: actualmente, entre el 10 y 27 por ciento de los argentinos vive en la pobreza y, de ese porcentaje, prácticamente la mitad son niños y adolescentes.NORMA JURÍDICA
Norma jurídica. Es un derecho dirigido a la ordenación del comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento puede llevar aparejado una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos. Sumario Introducción Elementos de las normas jurídicas Características Distinción de otras reglas Funciones Fuentes Introducción Existe una fuerte tradición, FEBRERO | 2020 | PAIDEIATRANSLATE THIS PAGE El concepto de persona jurídica en el derecho romano. Elguera, E. (1957). El concepto de persona jurídica en el derecho romano. Lecciones y Ensayos, 6, 47-55. OCTUBRE | 2019 | PAIDEIA 2 entradas publicadas por Elvis Oroz en October 2019. El cambio de paradigma del Estado de Derecho al Estado Constitucional de Derecho, generó que la Constitución Política del Perú sea comprendida como la norma fundamental del ordenamiento jurídico y, por lo tanto, su prevalencia y jerarquía sobre las demás normas infra constitucionales como leyes, decretos, ordenamientos y resoluciones FISCAL | PAIDEIATRANSLATE THIS PAGE La labor del Fiscal dentro de un proceso Judicial. El fiscal cumple una de las funciones más importantes dentro de los procesos judiciales: investigar y acusar al investigado, imputado o procesado, según el estadio en el que se encuentre. CRIMINOLOGÍA EN EL PERÚ Estimado profesor, desearía que a través suyo pudiesen mis educandos conocer lo que es la Criminología. No hace mucho les hable sobre el estudio preliminar para Latinoamérica y el Perú que tuvo a bien de escribir, sin embargo nada podría compararse a una entrevista, de tal forma que sea usted mismo quien comparta sus ideas y pensamientos en torno a una ciencia cuya participación en el DIVISIÓN DE PODERES “Pues bien, e n pocas palabras podríamos decir que el Estado de Derecho es aquella forma de organización política en la cual el ejercicio del poder se encuentra sometido a los parámetros del Derecho; es decir, la forma como se ejerce el poder se rige por los mandatos que emanan del orden jurídico vigente. Para comprender este concepto entonces, es de vital importancia entender que el PAIDEIA | LAW, SCIENCE & ARTTRANSLATE THIS PAGE Estimado Lector: Este blog, de corte ius filosófico, nace con el objeto de compartir temas de manera holistica. Si bien nace como un blog de especialidad, en su desarrollo fue inevitable extenderlo a otras disciplinas del saber, por cierto nada ajenos en la formación académica del jurista, que a ELVIS OROZ | PAIDEIATRANSLATE THIS PAGE Delito de alteración del ambiente o paisaje. 29 Lunes Mar 2021. Posted by Elvis Oroz in Prácticas. ≈ 1 comentario. Casación 74-2014 Amazonas, Elementos típicos delAGOSTO | 2020
El derecho cumple la misión de regular las conductas, garantizar la seguridad, establecer la paz y luchar por la justicia. El abogado es el profesional que, a través del derecho, dedica su CASO ELMER | PAIDEIATRANSLATE THIS PAGE Autor: SOBRE EL NOMBRE DEL BLOG: PAIDEIA “Al emplear un término griego para expresar una cosa griega, quiero dar a entender que esta cosa se contempla, no con los ojos del hombre moderno, sino con losdel hombre griego.
JULIO | 2020 | PAIDEIA Protocolos de Actuación Interinstitucional de carácter sistémico y transversal, contenido en el Plan para la Consolidación de la Reforma Procesal Penal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2014-JUS. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil dieciocho. LA MUERTE DEL LEGISLADOR LA MUERTE DEL LEGISLADOR Fernando DE TRAZEGNIES GRANDA1 La naissance du lecteur doit se payer de la mort de l'Auteur. Roland BARTHES2 El autor debería morirse después de haber escrito su obra. Para allanarle el camino al texto. Umberto ECO3 SUMARIO: I. Introducción. II. La interpretación: Punto de partida de una reflexión teóricasobre el derecho.
UN DÍA EN LA VIDA… DE UN ABOGADO Fernández León, Óscar Abogado. Experto en habilidades profesionales @oscarleon_abog La pasada semana, tras un encuentro con jóvenes abogados, un recién iniciado me comentaba, algo confuso, que en el despacho en el que hacia las prácticas no levantaba cabeza examinando expedientes y que, la verdad, no veía tan compleja la jornada delabogado
NORMA JURÍDICA
DEL ESTADO DE DERECHO AL ESTADO CONSTITUCIONAL 29 pensamientos sobre “Del Estado de Derecho al Estado Constitucional”. -Las constituciones, aunque requieren de una flexibilidad natural para adaptarse a las circunstancias del momento, son la ley suprema. Ninguna ley puede contradecirlas y todas las leyes tienen que ser congruentes con la ella. LA ARGUMENTACIÓN DEL ABOGADO Lectura seleccionada n.° 5 "La argumentación del Abogado” Universidad América Latina. (s.f.). La argumentación del abogado. Actividad formativa n.° 5 Instrucciones: Luego de haber leído minuciosamente “La argumentación del abogado”, realice un resumen teniendo en cuenta lo siguiente: 1. Máximo número de líneas: 20. 2. Se tendrá en cuenta la correcta ortografía. PAIDEIA | LAW, SCIENCE & ARTTRANSLATE THIS PAGE Estimado Lector: Este blog, de corte ius filosófico, nace con el objeto de compartir temas de manera holistica. Si bien nace como un blog de especialidad, en su desarrollo fue inevitable extenderlo a otras disciplinas del saber, por cierto nada ajenos en la formación académica del jurista, que a ELVIS OROZ | PAIDEIATRANSLATE THIS PAGE Delito de alteración del ambiente o paisaje. 29 Lunes Mar 2021. Posted by Elvis Oroz in Prácticas. ≈ 1 comentario. Casación 74-2014 Amazonas, Elementos típicos delAGOSTO | 2020
El derecho cumple la misión de regular las conductas, garantizar la seguridad, establecer la paz y luchar por la justicia. El abogado es el profesional que, a través del derecho, dedica su CASO ELMER | PAIDEIATRANSLATE THIS PAGE Autor: SOBRE EL NOMBRE DEL BLOG: PAIDEIA “Al emplear un término griego para expresar una cosa griega, quiero dar a entender que esta cosa se contempla, no con los ojos del hombre moderno, sino con losdel hombre griego.
JULIO | 2020 | PAIDEIA Protocolos de Actuación Interinstitucional de carácter sistémico y transversal, contenido en el Plan para la Consolidación de la Reforma Procesal Penal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2014-JUS. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil dieciocho. LA MUERTE DEL LEGISLADOR LA MUERTE DEL LEGISLADOR Fernando DE TRAZEGNIES GRANDA1 La naissance du lecteur doit se payer de la mort de l'Auteur. Roland BARTHES2 El autor debería morirse después de haber escrito su obra. Para allanarle el camino al texto. Umberto ECO3 SUMARIO: I. Introducción. II. La interpretación: Punto de partida de una reflexión teóricasobre el derecho.
UN DÍA EN LA VIDA… DE UN ABOGADO Fernández León, Óscar Abogado. Experto en habilidades profesionales @oscarleon_abog La pasada semana, tras un encuentro con jóvenes abogados, un recién iniciado me comentaba, algo confuso, que en el despacho en el que hacia las prácticas no levantaba cabeza examinando expedientes y que, la verdad, no veía tan compleja la jornada delabogado
NORMA JURÍDICA
DEL ESTADO DE DERECHO AL ESTADO CONSTITUCIONAL 29 pensamientos sobre “Del Estado de Derecho al Estado Constitucional”. -Las constituciones, aunque requieren de una flexibilidad natural para adaptarse a las circunstancias del momento, son la ley suprema. Ninguna ley puede contradecirlas y todas las leyes tienen que ser congruentes con la ella. LA ARGUMENTACIÓN DEL ABOGADO Lectura seleccionada n.° 5 "La argumentación del Abogado” Universidad América Latina. (s.f.). La argumentación del abogado. Actividad formativa n.° 5 Instrucciones: Luego de haber leído minuciosamente “La argumentación del abogado”, realice un resumen teniendo en cuenta lo siguiente: 1. Máximo número de líneas: 20. 2. Se tendrá en cuenta la correcta ortografía.AGOSTO | 2020
El derecho cumple la misión de regular las conductas, garantizar la seguridad, establecer la paz y luchar por la justicia. El abogado es el profesional que, a través del derecho, dedica su JULIO | 2020 | PAIDEIA En nuestro país desde 1980 en que por mandato constitucional art. 250º) se crea el Ministerio Público como un órgano constitucional autónomo cuya función es la persecución del delito y se reconoce el Derecho al Juicio previo y a la inviolabilidad de la defensa (art. 233.9) se sentaron las bases para el establecimiento de un sistema procesal de carácter acusatorio.ABRIL | 2020
Estamos preparados para actuar, después de la pandemia. Antes de tomar decisiones debes conocer un poco sobre el antes y el después del COVID-19. Se estratégico, mira el futuro, preparándote para hacer cosas nuevas. El mundo ha cambiado, aquí una herramienta paraOCTUBRE | 2020
8 entradas publicadas por Elvis Oroz en October 2020. La pobreza y la desigualdad social marcan la realidad social de muchos niños de Córdoba y el país: actualmente, entre el 10 y 27 por ciento de los argentinos vive en la pobreza y, de ese porcentaje, prácticamente la mitad son niños y adolescentes.NORMA JURÍDICA
Norma jurídica. Es un derecho dirigido a la ordenación del comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento puede llevar aparejado una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos. Sumario Introducción Elementos de las normas jurídicas Características Distinción de otras reglas Funciones Fuentes Introducción Existe una fuerte tradición, FEBRERO | 2020 | PAIDEIATRANSLATE THIS PAGE El concepto de persona jurídica en el derecho romano. Elguera, E. (1957). El concepto de persona jurídica en el derecho romano. Lecciones y Ensayos, 6, 47-55. OCTUBRE | 2019 | PAIDEIA 2 entradas publicadas por Elvis Oroz en October 2019. El cambio de paradigma del Estado de Derecho al Estado Constitucional de Derecho, generó que la Constitución Política del Perú sea comprendida como la norma fundamental del ordenamiento jurídico y, por lo tanto, su prevalencia y jerarquía sobre las demás normas infra constitucionales como leyes, decretos, ordenamientos y resoluciones FISCAL | PAIDEIATRANSLATE THIS PAGE La labor del Fiscal dentro de un proceso Judicial. El fiscal cumple una de las funciones más importantes dentro de los procesos judiciales: investigar y acusar al investigado, imputado o procesado, según el estadio en el que se encuentre. CRIMINOLOGÍA EN EL PERÚ Estimado profesor, desearía que a través suyo pudiesen mis educandos conocer lo que es la Criminología. No hace mucho les hable sobre el estudio preliminar para Latinoamérica y el Perú que tuvo a bien de escribir, sin embargo nada podría compararse a una entrevista, de tal forma que sea usted mismo quien comparta sus ideas y pensamientos en torno a una ciencia cuya participación en el DIVISIÓN DE PODERES “Pues bien, e n pocas palabras podríamos decir que el Estado de Derecho es aquella forma de organización política en la cual el ejercicio del poder se encuentra sometido a los parámetros del Derecho; es decir, la forma como se ejerce el poder se rige por los mandatos que emanan del orden jurídico vigente. Para comprender este concepto entonces, es de vital importancia entender que el PAIDEIA | LAW, SCIENCE & ART Estimado Lector: Este blog, de corte ius filosófico, nace con el objeto de compartir temas de manera holistica. Si bien nace como un blog de especialidad, en su desarrollo fue inevitable extenderlo a otras disciplinas del saber, por cierto nada ajenos en la formación académica del jurista, que a ELVIS OROZ | PAIDEIA Delito de alteración del ambiente o paisaje. 29 Lunes Mar 2021. Posted by Elvis Oroz in Prácticas. ≈ 1 comentario. Casación 74-2014 Amazonas, Elementos típicos del CASO ELMER | PAIDEIA Autor: SOBRE EL NOMBRE DEL BLOG: PAIDEIA “Al emplear un término griego para expresar una cosa griega, quiero dar a entender que esta cosa se contempla, no con los ojos del hombre moderno, sino con losdel hombre griego.
UN DÍA EN LA VIDA… DE UN ABOGADO Fernández León, Óscar Abogado. Experto en habilidades profesionales @oscarleon_abog La pasada semana, tras un encuentro con jóvenes abogados, un recién iniciado me comentaba, algo confuso, que en el despacho en el que hacia las prácticas no levantaba cabeza examinando expedientes y que, la verdad, no veía tan compleja la jornada delabogado
PAIDEIA | LAW, SCIENCE & ART Estimado Lector: Este blog, de corte ius filosófico, nace con el objeto de compartir temas de manera holistica. Si bien nace como un blog de especialidad, en su desarrollo fue inevitable extenderlo a otras disciplinas del saber, por cierto nada ajenos en la formación académica del jurista, que a ELVIS OROZ | PAIDEIA Delito de alteración del ambiente o paisaje. 29 Lunes Mar 2021. Posted by Elvis Oroz in Prácticas. ≈ 1 comentario. Casación 74-2014 Amazonas, Elementos típicos del CASO ELMER | PAIDEIA Autor: SOBRE EL NOMBRE DEL BLOG: PAIDEIA “Al emplear un término griego para expresar una cosa griega, quiero dar a entender que esta cosa se contempla, no con los ojos del hombre moderno, sino con losdel hombre griego.
UN DÍA EN LA VIDA… DE UN ABOGADO Fernández León, Óscar Abogado. Experto en habilidades profesionales @oscarleon_abog La pasada semana, tras un encuentro con jóvenes abogados, un recién iniciado me comentaba, algo confuso, que en el despacho en el que hacia las prácticas no levantaba cabeza examinando expedientes y que, la verdad, no veía tan compleja la jornada delabogado
NORMA JURÍDICA
DEL ESTADO DE DERECHO AL ESTADO CONSTITUCIONAL 29 pensamientos sobre “Del Estado de Derecho al Estado Constitucional”. -Las constituciones, aunque requieren de una flexibilidad natural para adaptarse a las circunstancias del momento, son la ley suprema. Ninguna ley puede contradecirlas y todas las leyes tienen que ser congruentes con la ella. LA MUERTE DEL LEGISLADOR LA MUERTE DEL LEGISLADOR Fernando DE TRAZEGNIES GRANDA1 La naissance du lecteur doit se payer de la mort de l'Auteur. Roland BARTHES2 El autor debería morirse después de haber escrito su obra. Para allanarle el camino al texto. Umberto ECO3 SUMARIO: I. Introducción. II. La interpretación: Punto de partida de una reflexión teóricasobre el derecho.
LA ARGUMENTACIÓN DEL ABOGADO Lectura seleccionada n.° 5 "La argumentación del Abogado” Universidad América Latina. (s.f.). La argumentación del abogado. Actividad formativa n.° 5 Instrucciones: Luego de haber leído minuciosamente “La argumentación del abogado”, realice un resumen teniendo en cuenta lo siguiente: 1. Máximo número de líneas: 20. 2. Se tendrá en cuenta la correcta ortografía. DERECHO PROCESAL PENAL: ¿DERECHO CONSTITUCIONAL Es cierto que como señala el autor nacional, vincular postulados constitucionales con el desarrollo de la legislación procesal penal ordinaria, puede dirimir conflictos de derechos fundamentales producidos en la dinámica del proceso penal e incluso hacer frente a discursos programáticos que colisionan con la idea del Estado deDerecho.
CUÁLES SON LOS FINES DEL PROCESO PENAL? Los fines del proceso penal En doctrina se distingue un fin principal (de caracter mediato) y uno secundario (de caracter inmediato). El profesor MIXÁN MASS distingue magistralmente el fin inmediato del mediato cuando señala: los fines inmediatos del proceso penal vendrían constituídos por los de obtención objetiva y sin dilaciones de la verdad de losAGOSTO | 2020
El derecho cumple la misión de regular las conductas, garantizar la seguridad, establecer la paz y luchar por la justicia. El abogado es el profesional que, a través del derecho, dedica suABRIL | 2020
Estamos preparados para actuar, después de la pandemia. Antes de tomar decisiones debes conocer un poco sobre el antes y el después del COVID-19. Se estratégico, mira el futuro, preparándote para hacer cosas nuevas. El mundo ha cambiado, aquí una herramienta paraNORMA JURÍDICA
Norma jurídica. Es un derecho dirigido a la ordenación del comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento puede llevar aparejado una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos. Sumario Introducción Elementos de las normas jurídicas Características Distinción de otras reglas Funciones Fuentes Introducción Existe una fuerte tradición, FEBRERO | 2020 | PAIDEIA El concepto de persona jurídica en el derecho romano. Elguera, E. (1957). El concepto de persona jurídica en el derecho romano. Lecciones y Ensayos, 6, 47-55. OCTUBRE | 2019 | PAIDEIA 2 entradas publicadas por Elvis Oroz en October 2019. El cambio de paradigma del Estado de Derecho al Estado Constitucional de Derecho, generó que la Constitución Política del Perú sea comprendida como la norma fundamental del ordenamiento jurídico y, por lo tanto, su prevalencia y jerarquía sobre las demás normas infra constitucionales como leyes, decretos, ordenamientos y resoluciones HISTORIA DE LA LEGISLACIÓN ROMANA HISTORIA DE LA LEGISLACIÓN ROMANA DESDE SU ORIGEN HASTA LA LEGISLACIÓN MODERNA Y DE UNA EXPLICACIÓN HISTÓRICA DE LAS INSTITUCIONES DE JUSTINIANO, SEGÚN LOS TEXTOS ANTIGUAMENTE CONOCIDOS, O MÁS RECIENTEMENTE DESCUBIERTOS, POR Joseph Louis Elzéar Ortolan. Joseph Louis Elzéar Ortolan (21 de agosto de 1802 – 27 de marzo de1873) fue un
PRESENTACIÓN
Abogado, con estudios de pre y postgrado en la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco. Magister en Derecho Penal y Procesal Penal por la UNSAAC. Cuenta con más de 10 años de experiencia profesional en el ámbito público y privado, en temas relacionados a investigación, consultoría, litigación y docencia universitaria. Sulabor como
ANÁLISIS ECONÓMICO DEL DERECHO El análisis económico del derecho es un intento, entre muchos otros disponibles, para tratar de responder a esas y otras preguntas relevantes. Para ello toma prestada de la economía su método y aproximación. El usar el método y aproximación de la que es quizás la reina de las ciencias sociales, permite descubrir aspectos delderecho que
CONCEPCIONES DEL DERECHO CONCEPCIONES DEL DERECHO Elvis Oroz Principales concepciones del Derecho Definir algo consiste en distinguir unas realidades de otras mediante palabras, el resultado de esta tarea es el concepto, y en el caso que nos ocupa, el concepto de Derecho. Dicho concepto, sea cual fuere el que cada uno tenga, separa siempre las realidades CUÁLES SON LOS FINES DEL PROCESO PENAL? Los fines del proceso penal En doctrina se distingue un fin principal (de caracter mediato) y uno secundario (de caracter inmediato). El profesor MIXÁN MASS distingue magistralmente el fin inmediato del mediato cuando señala: los fines inmediatos del proceso penal vendrían constituídos por los de obtención objetiva y sin dilaciones de la verdad de los PAIDEIA | LAW, SCIENCE & ART Estimado Lector: Este blog, de corte ius filosófico, nace con el objeto de compartir temas de manera holistica. Si bien nace como un blog de especialidad, en su desarrollo fue inevitable extenderlo a otras disciplinas del saber, por cierto nada ajenos en la formación académica del jurista, que a CASO ELMER | PAIDEIA Autor: SOBRE EL NOMBRE DEL BLOG: PAIDEIA “Al emplear un término griego para expresar una cosa griega, quiero dar a entender que esta cosa se contempla, no con los ojos del hombre moderno, sino con losdel hombre griego.
ELVIS OROZ | PAIDEIA Leer todas las entradas de Elvis Oroz en PAIDEIA. Acuerdo Plenario 03-2009/CJ-116, Robo con muerte subsecuente y delito de asesinato.Las lesiones como agravantes en el delito de robo. UN DÍA EN LA VIDA… DE UN ABOGADO Fernández León, Óscar Abogado. Experto en habilidades profesionales @oscarleon_abog La pasada semana, tras un encuentro con jóvenes abogados, un recién iniciado me comentaba, algo confuso, que en el despacho en el que hacia las prácticas no levantaba cabeza examinando expedientes y que, la verdad, no veía tan compleja la jornada delabogado
NORMA JURÍDICA
DEL ESTADO DE DERECHO AL ESTADO CONSTITUCIONAL -Mi opinión es que el Estado de Derecho es enemigo de los excesos, es decir que esta en contra del excesivo y abuso del poder que brinda.-Según la primera concepción del principio de legalidad, dependía absolutamente de la ley que le atribuía cada potestad singular, ademas dependía de las leyes para dicha autorización. LA MUERTE DEL LEGISLADOR LA MUERTE DEL LEGISLADOR Fernando DE TRAZEGNIES GRANDA1 La naissance du lecteur doit se payer de la mort de l'Auteur. Roland BARTHES2 El autor debería morirse después de haber escrito su obra. Para allanarle el camino al texto. Umberto ECO3 SUMARIO: I. Introducción. II. La interpretación: Punto de partida de una reflexión teóricasobre el derecho.
LA ARGUMENTACIÓN DEL ABOGADO Lectura seleccionada n.° 5 "La argumentación del Abogado” Universidad América Latina. (s.f.). La argumentación del abogado. Actividad formativa n.° 5 Instrucciones: Luego de haber leído minuciosamente “La argumentación del abogado”, realice un resumen teniendo en cuenta lo siguiente: 1. Máximo número de líneas: 20. 2. Se tendrá en cuenta la correcta ortografía. DERECHO PROCESAL PENAL: ¿DERECHO CONSTITUCIONAL Es posible? Entre otros aspectos la formación sólo técnica de abogados, fiscales y jueces, formados bajo el todavía imperante positivismo hace que el Derecho constitucional si bien transversal se vea obligado a marcar pautas al Derecho procesal penal. Ciertamente, uno de los beneficios de formar al futuro abogado a la luz de unhumanismo que
CUÁLES SON LOS FINES DEL PROCESO PENAL? Los fines del proceso penal En doctrina se distingue un fin principal (de caracter mediato) y uno secundario (de caracter inmediato). El profesor MIXÁN MASS distingue magistralmente el fin inmediato del mediato cuando señala: los fines inmediatos del proceso penal vendrían constituídos por los de obtención objetiva y sin dilaciones de la verdad de los PAIDEIA | LAW, SCIENCE & ART Estimado Lector: Este blog, de corte ius filosófico, nace con el objeto de compartir temas de manera holistica. Si bien nace como un blog de especialidad, en su desarrollo fue inevitable extenderlo a otras disciplinas del saber, por cierto nada ajenos en la formación académica del jurista, que a ELVIS OROZ | PAIDEIA Delito de alteración del ambiente o paisaje. 29 Lunes Mar 2021. Posted by Elvis Oroz in Prácticas. ≈ 1 comentario. Casación 74-2014 Amazonas, Elementos típicos del CASO ELMER | PAIDEIA Autor: SOBRE EL NOMBRE DEL BLOG: PAIDEIA “Al emplear un término griego para expresar una cosa griega, quiero dar a entender que esta cosa se contempla, no con los ojos del hombre moderno, sino con losdel hombre griego.
UN DÍA EN LA VIDA… DE UN ABOGADO Fernández León, Óscar Abogado. Experto en habilidades profesionales @oscarleon_abog La pasada semana, tras un encuentro con jóvenes abogados, un recién iniciado me comentaba, algo confuso, que en el despacho en el que hacia las prácticas no levantaba cabeza examinando expedientes y que, la verdad, no veía tan compleja la jornada delabogado
NORMA JURÍDICA
DEL ESTADO DE DERECHO AL ESTADO CONSTITUCIONAL 29 pensamientos sobre “Del Estado de Derecho al Estado Constitucional”. -Las constituciones, aunque requieren de una flexibilidad natural para adaptarse a las circunstancias del momento, son la ley suprema. Ninguna ley puede contradecirlas y todas las leyes tienen que ser congruentes con la ella. LA MUERTE DEL LEGISLADOR LA MUERTE DEL LEGISLADOR Fernando DE TRAZEGNIES GRANDA1 La naissance du lecteur doit se payer de la mort de l'Auteur. Roland BARTHES2 El autor debería morirse después de haber escrito su obra. Para allanarle el camino al texto. Umberto ECO3 SUMARIO: I. Introducción. II. La interpretación: Punto de partida de una reflexión teóricasobre el derecho.
LA ARGUMENTACIÓN DEL ABOGADO Lectura seleccionada n.° 5 "La argumentación del Abogado” Universidad América Latina. (s.f.). La argumentación del abogado. Actividad formativa n.° 5 Instrucciones: Luego de haber leído minuciosamente “La argumentación del abogado”, realice un resumen teniendo en cuenta lo siguiente: 1. Máximo número de líneas: 20. 2. Se tendrá en cuenta la correcta ortografía. DERECHO PROCESAL PENAL: ¿DERECHO CONSTITUCIONAL Es cierto que como señala el autor nacional, vincular postulados constitucionales con el desarrollo de la legislación procesal penal ordinaria, puede dirimir conflictos de derechos fundamentales producidos en la dinámica del proceso penal e incluso hacer frente a discursos programáticos que colisionan con la idea del Estado deDerecho.
CUÁLES SON LOS FINES DEL PROCESO PENAL? Los fines del proceso penal En doctrina se distingue un fin principal (de caracter mediato) y uno secundario (de caracter inmediato). El profesor MIXÁN MASS distingue magistralmente el fin inmediato del mediato cuando señala: los fines inmediatos del proceso penal vendrían constituídos por los de obtención objetiva y sin dilaciones de la verdad de losAGOSTO | 2020
El derecho cumple la misión de regular las conductas, garantizar la seguridad, establecer la paz y luchar por la justicia. El abogado es el profesional que, a través del derecho, dedica suNORMA JURÍDICA
Norma jurídica. Es un derecho dirigido a la ordenación del comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento puede llevar aparejado una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos. Sumario Introducción Elementos de las normas jurídicas Características Distinción de otras reglas Funciones Fuentes Introducción Existe una fuerte tradición,ABRIL | 2020
Actividad Instrucciones: Luego de haber leído minuciosamente “La filiación en el pensamiento jurídico romano: Ueritari locum superfore”, realice un resumen teniendo en cuenta lo siguiente: a. Una página A4. Espacio 1.5. Letra Times New Roman. b. Se tendrá en cuenta la correcta ortografía. FEBRERO | 2020 | PAIDEIA El concepto de persona jurídica en el derecho romano. Elguera, E. (1957). El concepto de persona jurídica en el derecho romano. Lecciones y Ensayos, 6, 47-55. HISTORIA DE LA LEGISLACIÓN ROMANA HISTORIA DE LA LEGISLACIÓN ROMANA DESDE SU ORIGEN HASTA LA LEGISLACIÓN MODERNA Y DE UNA EXPLICACIÓN HISTÓRICA DE LAS INSTITUCIONES DE JUSTINIANO, SEGÚN LOS TEXTOS ANTIGUAMENTE CONOCIDOS, O MÁS RECIENTEMENTE DESCUBIERTOS, POR Joseph Louis Elzéar Ortolan. Joseph Louis Elzéar Ortolan (21 de agosto de 1802 – 27 de marzo de1873) fue un
OCTUBRE | 2019 | PAIDEIA 2 entradas publicadas por Elvis Oroz en October 2019. El cambio de paradigma del Estado de Derecho al Estado Constitucional de Derecho, generó que la Constitución Política del Perú sea comprendida como la norma fundamental del ordenamiento jurídico y, por lo tanto, su prevalencia y jerarquía sobre las demás normas infra constitucionales como leyes, decretos, ordenamientos y resolucionesPRESENTACIÓN
Abogado, con estudios de pre y postgrado en la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco. Magister en Derecho Penal y Procesal Penal por la UNSAAC. Cuenta con más de 10 años de experiencia profesional en el ámbito público y privado, en temas relacionados a investigación, consultoría, litigación y docencia universitaria. Sulabor como
ANÁLISIS ECONÓMICO DEL DERECHO Es un método de interpretación importante, puesto que busca atribuir significado a los textos jurídicos desde fuera del ordenamiento jurídico, y enfocarse en otras áreas como la economía para aplicar principios propios de esta ciencia al derecho, con la única finalidad de buscar normas eficientes, esta se mide generalmente desde el Óptimo de Pareto, esto es, debe preferirse aquella CONCEPCIONES DEL DERECHO CONCEPCIONES DEL DERECHO Elvis Oroz Principales concepciones del Derecho Definir algo consiste en distinguir unas realidades de otras mediante palabras, el resultado de esta tarea es el concepto, y en el caso que nos ocupa, el concepto de Derecho. Dicho concepto, sea cual fuere el que cada uno tenga, separa siempre las realidades CUÁLES SON LOS FINES DEL PROCESO PENAL? Los fines del proceso penal En doctrina se distingue un fin principal (de caracter mediato) y uno secundario (de caracter inmediato). El profesor MIXÁN MASS distingue magistralmente el fin inmediato del mediato cuando señala: los fines inmediatos del proceso penal vendrían constituídos por los de obtención objetiva y sin dilaciones de la verdad de los* Bienvenidos
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HANS ZIMMER
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Posted by Elvis Orozin Bandas sonoras
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Hans Zimmer
HANS ZIMMER
Hans Florian Zimmer (Frankfurt, Alemania, 12 de septiembre de 1957) es un compositor de bandas sonoras cinematográficas, pionero en la integración de música electrónica y arreglos orquestales tradicionales. Es ganador de premios cinematográficos como los Globos de oro, BAFTA, Emmy, Saturn, Grammy, además de un Óscar de la Academia por su trabajo en El rey león (1995), premios a los que ha sido nominado en otras 7 ocasiones desde 1988 con Rain man. En la actualidad es considerado uno de los compositores más sobresalientes de Hollywood, apoyado por gran parte de la crítica como «el omnipresente Zimmer» por sus numerosas apariciones, ya sea como compositor principal o como colaborador de alguno de sus múltiples discípulos.GLADIATOR-LIVE
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18 _Domingo_ Feb 2018 Posted by Elvis Orozin Introducción
al Derecho
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CASO
12 LA
LEY
CIVIL AÑO 4/ N° 39/ DEL 1 AL 28 DE FEBRERO DE 2011 PADRES NO PUDIERON LLEVARSE A SU BEBÉ MATERNIDAD DE LIMA SECUESTRA RECIÉN NACIDA PORQUE PADRES NO PAGARON GASTOS DEL PARTO. Progenitores debían al hospitalS/. 600.00.
Toda la alegría que le ocasionó tener a su hija en sus brazos le fue arrebatada a una humilde madre, quién luego de dar a luz en el Instituto Materno Perinatal (más conocido como Maternidad de Lima) le fue comunicado que no podía llevarse a su bebé hasta que no cancele el monto de S/.600.00 nuevos soles que irrogó la cesárea que le fue practicada para traer al mundo a la pequeña Kiara. Retener a un paciente por falta de pago es inconstitucional La Constitución manda que las restricciones a la libertad solo son válidas si están contempladas en la Ley. Adicionalmente, en la STC Exp. N° 07039-2005-PHC/TC, EL Tribunal Constitucional ha impuesto al exigencia constitucional de que una restricción legalmente establecida sobre la libertad debe ser compatible con el respeto del contenido constitucionalmente protegido de los derechos fundamentales. En este sentido, el TC ha indicado expresamente que “aunque la satisfacción de la acreencia de orden patrimonial resulte legítima, el medio que se utilice para hacer efectivo su pago, bajo ningún punto de vista puede consistir en la restricción del ejercicio efectivo de la libertad personal; pues los seres humanos no pueden ser considerados como objetos para la consecución de un fin”. (STC Exp. N° 00763-2010-PHC/TC. Este tipo de actos, producidos usualmente en los establecimientos de salud, no tiene ningún sustento legal para disponer sobre la libertad ambulatoria de una persona, más aún si se trata de una recién nacida, quién pese a no poder ejercerla todavía de manera individual, depende de sus padres a fin de que se encarguen de sulibre desarrollo.
Ninguna persona puede vulnerar el derecho a la libertad de otra, salvo por flagrante delito o mandato judicial. Por su parte, si bien el artículo 152 del Código Penal hace referencia a circunstancias donde sí se podría limitar, éstas se refieren a hechos justificados por la ley – como una legítima defensa – mas no a hechos que involucren la contraprestación por servicios aún no cumplidos, sea por la razón que fuere. ABUSO: Finalmente la autoridad médica reconoció error y eximirá delpago a los padres.
De esta manera, la retención de la menor por parte de las Autoridades de la Maternidad de Lima configura, desde un punto de vista netamente objetivo, un delito de secuestro, con el agravante de que el sujeto pasivo del delito es una menor de edad. La pena para esta conducta, según el propio enunciado normativo, es cadena perpetua. No obstante, existe un error de prohibición (artículo 14 del Código Penal) en aquellas personas que piensan que están actuando en base a un supuesto derecho de retener a la niña hasta que sus padres cancelen lo adeudado. Esta circunstancia, si bien puede contribuir en cierta medida a atenuar su conducta, no elimina el hecho de que se haya vulnerado la libertad de una pequeña bebé y causado angustia a sus padres al no poder llevarse a su hija por el lapso de una semana por no contar con el dinero necesario para su pago. Lo correcto hubiera sido emplear otros mecanismos legales para garantizar la deuda contraída y no haber ejercido este acto ilegal e inconstitucional.TU VOTO:
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al Derecho
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Concepciones del Derecho,
Introducción al Derecho,
iusnaturalismo ,
Neoconstitucionalismo,
Positivismo jurídico, Realismo
CONCEPCIONES DEL DERECHOElvis Oroz
* PRINCIPALES CONCEPCIONES DEL DERECHO Definir algo consiste en distinguir unas realidades de otras mediante palabras, el resultado de esta tarea es el concepto, y en el caso que nos ocupa, el concepto de Derecho. Dicho concepto, sea cual fuere el que cada uno tenga, separa siempre las realidades jurídicas de las que no los son. De las diversas orientaciones en pugna a la hora de definir el Derecho –y por lo tanto de conceder la condición de jurídicas a unas realidades u otras- aquí sólo se abordarán, muy simplificadamente, iusnaturalismo, positivismo jurídico, realismo jurídico y neoconstitucionalismo. Asimismo el iusnaturalismo tiene milenios, el positivismo dos siglos, el realismo un siglo, el neoconstitucionalismo cincuenta años.* IUSNATURALISMO
En esta exposición sólo se señalan los rasgos más generales de dos doctrinas que pueden ser entendidas como iusnaturalistas. En primer lugar, la doctrina del Derecho romano clásico, calificada por M. Villey como ilustración perfecta del iusnaturalismo aristotélico. Desde este punto de vista, la tarea de la jurisdicción consiste en encontrar qué es lo justo que ya está dado en la realidad social. Cabe calificar este planteamiento como iusnaturalista porque el juez no se limita a aplicar una norma, sino que juzga conforme a unos principios éticos para alcanzar una solución justa de la cual, no obstante, se puede extraer una regla para aplicarla a casos futuros. La segunda, y más habitual, forma de iusnaturalismo depende del concepto de ley, que facilita la comprensión del Derecho natural como un conjunto de mandatos dirigidos a la naturaleza y al hombre. La existencia de leyes naturales, obligatorias por su carácter racional o por su condición de mandatos dirigidos al ser humano, significa que éste disfruta asimismo de una serie de facultades que hacen posiblesu cumplimiento.
De este modo, el Derecho natural se articula en tres líneas básicas: en primer lugar, doctrinas que ponen el énfasis en el carácter de orden racional implantado por la ley natural; en segundo lugar, doctrinas en las que la ley es un mandato producto de la voluntad de Dios; por último, planteamientos para los cuales la nota definitoria del iusnaturalismo consiste en las facultades o derechos subjetivos de los que disfruta el individuo por el hecho de serlo.* POSITIVISMO
Por otra parte, para caracterizar el positivismo jurídico es habitual señalar que puede ser entendido de tres maneras distintas: en primer lugar, en sentido metodológico, positivismo significa conocimiento del Derecho sin juicios de valor. En segundo lugar cabe entender también el positivismo jurídico como un conjunto de criterios que nos permite distinguir el Derecho de otros órdenes normativos. Por último, es posible también entender el positivismo como una ideología favorable a conceder valor moral al cumplimiento de la ley bajo el supuesto de que hay una obligación incondicionada de obedecerlas leyes.
L. A. Hart ha ofrecido la mejor descripción positivista de las notas que distinguen al Derecho de otros órdenes normativos. Desde su punto de vista, las tesis características del positivismo son tres. En primer lugar, el Derecho se compone exclusivamente de reglas; segundo, es obra humana y, en consecuencia, es un hecho social, histórico y puramente convencional (lo cual excluye toda referencia a Derecho natural alguno); por último, el Derecho y la moral son realidades independientes: para establecer si nos hallamos ante una norma jurídica no es preciso que esa norma refleje un determinado contenido ético, basta con que haya sido generada conforme a la “regla de reconocimiento” que rige en ese sistema jurídico; es decir, conforme a los “criterios dotados de autoridad para la identificación de las reglas válidas”. Esto no significa pretender que el Derecho carece de valores o que no refuerza con su poder algún sistema moral. La atención a unos valores u otros por parte del legislador es inevitable, pero sólo es una circunstancia fáctica que nada dice sobre la validez de las normas.Report this ad
* REALISMO
Los realistas (realismo jurídico), si bien tienen posiciones más radicalmente anti-iusnaturalistas que el positivismo acerca no solo de la relación derecho-moral, sino también de la concepción de los juicios de valor y de la interpretación, no son sino una variante del positivismo. Barberis (2015) refiere “el realismo se acredito como la teoría del derecho destinada a suplantar al positivismo” (pág. 19). Kelsen (1960) calificó el enfoque de su Teoría pura como esencialmente realista. Sostienen que el Derecho no está conectado a la moral. La oposición del realismo al iusnaturalismo es total: no solo el derecho natural, sino la propia mora, como veremos, se resolverían en un conjunto de juicios de valor emotivos. * NEOCONSTITUCIONALISMO Como ultima consecuencia de los procesos desencadenados por Auschwitz, existe el denominado Neoconstitucionalismo caracterizado por la rigidez constitucional, el control de la constitucionalidad y sobre todo la irradiación de los principios constitucionales. Sostienen que entre derecho y moral hay conexiones bastante importantes siendo la primera de ellas a través de los principios constitucionales. El primer ejemplo de Neoconstitucionalismo es la obra de Dworkin, autor que ha devenido universalmente conocido por la crítica a Hart y al positivismo jurídico propuesta en su ensayo _The Model of Rules _(1967), después reeditado en su primer libro, _Talking Rights Seriously _(1977, 1978). En contra de la tesis de la separabilidad, Dworkin sostuvo que derecho y moral están separados solo con referencia a las reglas (ing. Rules), mientras que estarían conectados por medio de los principios (ing. _principles); _su ejemplo es el caso _Riggs vs Palmer_ (1889), discutido por la Court of Appeals del Estado de Nueva York y decidido en ausencia de reglas más específicas, aplicando el principio, tanto jurídico como moral, de que nadie puede obtener provecho de sus propios actos ilícitos. * INTENTOS PARA SUPERAR ESTA DICOTOMÍA Antes de terminar esta sección hay que señalar algunos intentos de superar la dicotomía entre iusnaturalismo y iuspositivismo. Los autores que siguen el primero de los planteamientos insisten hoy en la existencia de un orden objetivo de valores morales que el Derecho positivo debería respetar para ser justo, pero no concluyen de esa tesis que la falta de atención a tales valores por parte del Derecho positivo signifique la invalidez de éste. Aceptan tales autores, cuyo planteamiento se denomina iusnaturalismo axiológico, que no hay más Derecho que el Derecho positivo. Otra posición importante es la de R. Dworkin, quien sostiene que el Derecho no se compone sólo de reglas, sino también de principios éticos a los cuales hay que atender a la hora de establecer cuál es el Derecho válido. Considera además que los contenidos de tales principios son reconocibles al margen de las opiniones de cada uno; de ahí que se haya dicho que esta teoría se sostiene en último término sobre un objetivismo moral. Frente a estos puntos de vista, los defensores de las tesis positivistas insisten en que la determinación de cuándo nos hallamos ante una norma jurídica válida no puede depender de criterios morales. Esta línea de argumentación recibe en la actualidad dos modulaciones básicas: el llamado positivismo duro o excluyente, por un lado, y el denominado positivismo blando o incluyente por otro. Éste acepta que la “regla de reconocimiento” pueda contener criterios morales, lo cual no significa que las normas sean válidas por su adecuación a la moral sino, una vez más, por cumplir con los requisitos incluidos en dicha “regla”. Sin embargo, en ocasiones los autores de esta tendencia han dado un paso más allá del positivismo y han condicionado la validez de las normas no sólo a su conformidad con la regla de reconocimiento sino también con cierto supuesto sistema de moralidad objetiva. Frente a todo ello, el positivismo duro insiste en que atribuir a una norma la condición de pertenecer a un sistema jurídico sólo puede basarse en consideraciones de hecho. Por ejemplo, haber sido generada por la persona o institución facultada para ello. El escepticismo frente a toda clase de cognoscitivismo ético impide aceptar que el componente moral del Derecho pueda traspasar el umbral de las condiciones fácticas que influyen a la hora de dar contenido a las normas. De ahí que la moral no pueda alcanzar la condición de requisito de validez del Derecho.Report this ad
_________________________________________________________ _REGLA DE RECONOCIMIENTO._ MEDIANTE LA REGLA DE RECONOCIMIENTO PODEMOS _IDENTIFICAR__ _CUANDO UNA NORMA PERTENECE A UN SISTEMA, Y CORRELATIVAMENTE LAS _CONDICIONES_ QUE DEBE TENER UNA NORMA PARA PERTENECER A UN SISTEMA. Hart imagina una sociedad primitiva en la que rigen solo _reglas primarias_ de tipo consuetudinario estableciendo la obligatoriedad de ciertas conductas. La falta de certeza sobre qué normas rigen la sociedad da origen a una _regla de reconocimiento_ que determina las _condiciones_ para que una regla sea una norma válida del sistema. La regla de reconocimiento dicta, en suma, criterios para la identificación de pertenencia de una determinada norma al ordenamiento. Establecen los _criterios de identificación del derecho_. Por ejemplo: _“son derecho en este país todas las reglas dictadas por el legislador A o por quien élautorice”_.
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22 _Martes_ Ago 2017 Posted by Elvis Orozin ABC
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08 _Lunes_ May 2017
Posted by Elvis Orozin Curso de DPP
≈ DEJA UN COMENTARIO > Este espacio está reservado para colgar _vídeos_ que refuercen > el avance y en algunos casos las explicaciones vertidas en el salón> .
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08 _Lunes_ May 2017
Posted by Elvis Orozin Curso de DPP
≈ DEJA UN COMENTARIO > Este espacio está reservado para publicar todas las lecturas de > avance del Curso.TEXTO DE CONSULTA:
EL PROCESO COMÚN
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08 _Lunes_ May 2017
Posted by Elvis Orozin Curso de DPP
≈ DEJA UN COMENTARIO > Aquí se publicarán diversos casos de la realidad para que puedan> ser resueltos.
Estimado estudiante, aquí puede descargar las diapositivas y flujogramas para reforzar lo aprendido:DIAPOSITIVAS:
DERECHO PROCESAL PENALFLUJOGRAMAS:
A. EL PROCESO PENAL: FLUJOGRAMA DEL PROCESO PENAL B. ETAPAS DEL PROCESO PENAL: 1. INVESTIGACIÓN PREPARATORIA2. INTERMEDIA
3. JUZGAMIENTO
C. OTROS:
JUZGAMIENTO. DEBATE PROBATORIOIMPUGNACIÓN
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08 _Lunes_ May 2017
Posted by Elvis Orozin Curso de DPP
≈ DEJA UN COMENTARIO > Este espacio esta destinado a señalar el procedimiento de las > diversas actividades que se programarán durante el presente> semestre.
ACTIVIDAD
Estimados alumnos:
Aquí se publicarán las actividades que se realizarán.TU VOTO:
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08 _Lunes_ May 2017
Posted by Elvis Orozin Curso de DPP
≈ DEJA UN COMENTARIO Estimados estudiantes: Este Blog, fue diseñado como plataforma para interactuar contigo, de tal forma que puedas profundizar los temas a desarrollar durante estesemestre.
Antes de revisar cualquier entrada, actividad o vídeo se recomiendaleer lo siguiente:
PRIMERO. Existen cuatro secciones: Vídeos, lecturas, casos y actividades. Este último es importante para el desarrollo del curso. SEGUNDO. Si deseas saber que, como y cuando debes hacer o presentar algo, primero deberás revisar la sección _actividades_. En el encontrarás todos las indicaciones necesarias.El profesor.
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11 _Sábado_ Feb 2017 Posted by Elvis Orozin Clásicos del
Constitucionalismo
≈ DEJA UN COMENTARIOEL FEDERALISTA
VII
------------------------- AL PUEBLO DEL ESTADO DE NUEVA YORK: Se nos pregunta a veces, con aparente aire de triunfo, qué causas podrían inducir a los Estados, ya desunidos, a combatirse mutuamente. Sería una buena contestación el decir: _las mismas causas que en diferentes ocasiones anegaron en sangre a todas las naciones del mundo_. Pero, por desgracia para nosotros, la pregunta admite una respuesta más personal. Hay causas de disensión a nuestra simple vista, de cuya tendencia, aun bajo las restricciones de una Constitución federal, hemos tenido experiencia suficiente para juzgar lo que podría esperarse si esas restricciones se suprimieran. Las disputas territoriales han sido en todo tiempo una de las causas más fecundas de hostilidad entre las naciones. Tal vez la mayor parte de las guerras que han devastado al mundo provienen de ese origen. Entre nosotros esta causa existiría con toda su fuerza. Poseemos una vasta extensión deshabitada de territorio dentro de las fronteras de los Estados Unidos. Entre varios de ellos aún hay reclamaciones incompatibles y que no han sido resueltas, y la disolución de la Unión haría nacer otras análogas entre todos. Es bien sabido que hubo vivas y serias discusiones acerca de los derechos sobre las tierras que no habían sido adjudicadas al tiempo de la Revolución y que conocemos bajo el nombre de _tierras de la Corona_. Los Estados en los límites de cuyos gobiernos coloniales estaban comprendidas, reclamaron su propiedad, en tanto que los otros afirmaban que los derechos de la Corona en este punto recayeron en la Unión, especialmente por lo que hace a toda esa parte del territorio oeste que, ya sea porque la poseía efectivamente, o a través de la sumisión de los propietarios indios, se hallaba sujeta a la jurisdicción del rey de Inglaterra hasta que renunció a ella en el tratado de paz. En todo caso, se ha dicho, se trata de una adquisición hecha por la Confederación en un pacto con una potencia extranjera. La prudente política del Congreso ha consistido en apaciguar esta controversia, convenciendo a los Estados de que hicieran cesiones a los Estados Unidos en beneficio de todos. El éxito con que así se ha hecho hasta ahora, permite esperar confiadamente que si la Unión continúa, esta disputa terminará amigablemente. Sin embargo, la desmembración de la Confederación reviviría el debate y provocaría otros sobre el mismo asunto. Hoy día, una gran parte del territorio occidental vacante es por cesión, si no es que por otros derechos anteriores, de la propiedad común de la Unión. Si la Unión desaparece, los Estados que hicieron la cesión, fundándose en un principio de compromiso federal, podrían pretender que al cesar el motivo de aquélla, las tierras reviertan a ellos. Los otros Estados insistirían, sin duda, por derecho de representación, en que se les diera una parte. Argumentarían que una concesión, una vez hecha, no puede revocarse, y que por justicia les correspondía disfrutar de un territorio adquirido o conservado por los esfuerzos conjuntos de la Confederación. Si, en contra de lo probable, se admitiera por todos los Estados que cada cual tenía derecho a participar en este acervo común, todavía quedaría por solucionar la dificultad relativa al modo conveniente de hacer la partición. Los diversos Estados expondrían al efecto reglas diferentes, y como éstas afectarían los intereses encontrados de las partes, no resultaría fácil llegar a un arreglo pacífico. Así que en el vasto campo del territorio occidental presentimos materia adecuada para pretensiones hostiles, sin que haya ningún amigable componedor ni juez común que pueda mediar entre las partes contendientes. Si razonamos sobre el futuro en vista del pasado, tendremos buen motivo para temer que en varios casos se acudiría a la espada como árbitro de esas diferencias. El ejemplo de las disputas entre Connecticut y Pensilvania por la tierra de Wyoming, nos aconseja no ser optimistas ni esperar un fácil arreglo de tales controversias. Los _Artículos de confederación_ obligaban a las partes a someter el caso a la resolución de un tribunal federal. Ambas se sometieron y el tribunal decidió en favor de Pensilvania. Pero Connecticut manifestó vigorosamente su disconformidad con la sentencia, y no se resignó por completo con ella hasta que, a fuerza de negociaciones y destreza, consiguió algo en cierto modo equivalente a la pérdida que pretendía haber sufrido. Estas palabras no implican la menor censura respecto a la conducta de ese Estado. Sin duda se creía realmente perjudicado por la decisión; y los Estados, como los individuos, se resignan con dificultad a aceptar las resoluciones que no losfavorecen.
Quienes tuvieron oportunidad de conocer las interioridades de las negociaciones que concurrieron en el desarrollo de la controversia entre nuestro Estado y el distrito de Vermont, pueden atestiguar la oposición que experimentamos tanto por parte de los Estados interesados en la reclamación, como de los que no lo estaban, y pueden también dar fe del peligro al que se habría expuesto la paz de la Confederación si este Estado hubiera intentado imponer sus derechos por la fuerza. Dos motivos fueron los principales para esa oposición: primero, la envidia que se abrigaba hacia nuestro futuro poder; segundo, el interés de ciertas personas influyentes de los Estados vecinos, que habían obtenido concesiones de tierras bajo el gobierno de aquel distrito. Incluso los Estados que presentaron reclamaciones en contra de las nuestras, parecían más dispuestos a desmembrar este Estado que a afirmar sus propias pretensiones. Aquéllos eran Nuevo Hampshire, Massachusetts y Connecticut. Nueva Jersey y Rhode Island, en todas las ocasiones, revelaron un cálido celo por la independencia de Vermont; y Maryland, hasta que le alarmó la apariencia de un nexo entre el Canadá y dicho Estado, se adhirió con afán a los mismos puntos de vista. Por ser pequeños Estados, veían con malos ojos la perspectiva de nuestra creciente grandeza. Revisando estas transacciones podemos descubrir algunas de las causas que enemistarían a los Estados unos con otros, si el destino fatallos desuniese.
La competencia comercial sería otra fuente fecunda de contiendas. Los Estados menos favorecidos por las circunstancias querrían escapar a las desventajas de su situación local y participar en la suerte de sus vecinos más afortunados. Cada Estado o cada una de las confederaciones pondría en vigor su propia política comercial. Esto ocasionaría distinciones, preferencias y exclusiones que producirían el descontento. La costumbre de un intercambio basado en la igualdad de privilegios, a que hemos estado acostumbrados desde que se inició la colonización del país, haría que dichas causas de malestar fueran más agudas de lo que sería natural si se prescindiera de esta circunstancia. _Estaríamos dispuestos a calificar de injurias los que sólo serian en realidad actos justificados de unas soberanías independientes, que se inspiran en un interés distinto_. El espíritu de empresa que caracteriza a la América comercial no ha perdido nunca la ocasión de buscar su interés. Es poco probable que este espíritu, hasta ahora sin freno, respetara las reglas comerciales mediante las que ciertos Estados procurarían asegurar beneficios exclusivos a sus ciudadanos. Las infracciones de esta regla, por una parte, los esfuerzos para evitarlas y combatirlas, por la otra, provocarían naturalmente atropellos, y éstos conducirían a represalias y guerras. Las oportunidades que tendrían ciertos Esitados de convertir a otros en tributarios suyos mediante la reglamentación del comercio, se tolerarían por estos últimos con impaciencia. La situación relativa de Nueva York, Connecticut y Nueva Jersey, nos brindaría un ejemplo de esta clase. Nueva York, por sus necesidades de ingresos, se ve obligada a cobrar derechos sobre sus importaciones. Una gran parte de estos derechos son pagados por los habitantes de los otros Estados en su calidad de consumidores de lo que importamos. Nueva York no podría ni querría renunciar a este provecho. Sus ciudadanos no consentirían que un impuesto pagado por ellos se suprimiera a favor de los vecinos; ni sería tampoco posible, aun no cerrando el camino a este impedimento, distinguir a los clientes en nuestros propios mercados. Se someterían mucho tiempo Connecticut y Nueva Jersey a que Nueva York les cobrara el impuesto para su solo beneficio? ¿Se nos permitiría disfrutar tranquilamente de una metrópoli de cuya posesión derivamos una ventaja tan odiosa para nuestros vecinos y tan gravosa según su opinión? ¿Nos sería posible conservarla, teniendo por un lado la presión de Connecticut y por otro la de Nueva Jersey? Estas son preguntas que sólo un espíritu temerario puede contestarafirmativamente.
La deuda pública de la Unión sería otro motivo de choques entre los distintos Estados o confederaciones. Su prorrateo al principio y su amortización progresiva después, serían causa de animosidad y mala voluntad. ¿Cómo ponerse de acuerdo sobre una base de prorrateo que satisfaga a todos? Casi ninguna puede proponerse que esté completamente a salvo de objeciones efectivas, aunque es claro que éstas, como es costumbre, serían exageradas por el interés adverso de las partes. Los Estados tampoco están conformes respecto al principio general de que la deuda pública debe cubrirse. Algunos, sea porque están poco impresionados por la importancia del crédito nacional, o porque sus ciudadanos tienen poco o ningún interés inmediato en la cuestión, sienten indiferencia, si es que no repugnancia, hacia el pago en cualquier forma de la deuda domestica. Dichos Estados estarían predispuestos a exagerar las dificultades de una distribución. Otros Estados, en los que un numeroso grupo de ciudadanos son acreedores públicos, se manifestarían enérgicamente en favor de alguna medida equitativa y eficaz. Las dilaciones de los primeros excitarían el resentimiento de los segundos. Mientras tanto se retrasaría la adopción de una regla, por diferencias reales de opinión como por falsos entorpecimientos. Los ciudadanos de los Estados interesados protestarían; las potencias extranjeras reclamarían con urgencia la satisfacción de sus justas demandas, y la paz de los Estados se vería amenazada por la doble contingencia de la invasión externa y la pugna interna.Report this ad
Imaginemos que se vencieron los obstáculos para llegar a un acuerdo sobre una base de prorrateo y que éste no se efectuó. Aun así habría muchas razones para suponer que la regla adoptada resultará en la práctica más dura para unos Estados que para otros. Los que sufren su peso buscarán naturalmente el modo de aliviarlo. Los otros se negarán a una revisión que acabaría aumentando sus propias obligaciones. Esa negativa sería un pretexto demasiado plausible para retener sus contribuciones, para que los Estados quejosos no lo acepten con avidez, y el incumplimiento de sus compromisos por parte de estos Estados daría pie a amargas discusiones y disputas. Hasta en el caso de que la regla adoptada justificase en la práctica la equidad de su principio, la impuntualidad en los pagos por parte de algunos Estados surgiría de muchas otras causas: de la escasez real de recursos, de la mala administración de su hacienda, de desórdenes accidentales en el manejo del gobierno y, a más de todo esto, de la renuencia con que los hombres entregan su dinero para fines que han sobrevivido a las exigencias que los producían e impiden la satisfacción de las necesidades inmediatas. El incumplimiento por cualquier causa, provocaria quejas, recriminaciones y querellas. Tal vez no haya causa más probable de alteración de la tranquilidad de las naciones que el estar obligadas a contribuir mutuamente para cualquier fin común que no produce un beneficio igual y coincidente. Pues una observación tan cierta como vulgar enseña que sobre ningún asunto discrepan los hombres tan prontamente como sobre el pago dedinero.
Las leyes que violan los contratos pnvados y que equivalen a agresiones contra los derechos de los Estados a cuyos ciudadanos perjudican, pueden ser consideradas como otra causa probable de hostilidad. No estamos autorizados a pensar que un espíritu más liberal o más equitativo presidiría la legislacion de los Estados individuales en lo sucesivo, si no los reprime algún otro freno que el que hemos visto hasta ahora, deshonrando con demasiada frecuencia sus varios códigos. Hemos notado el afán de represalias excitado en Connecticut a consecuencia de las enormidades perpetradas por la legislatura de Rhode Island, y deducimos lógicamente que en casos similares y distintas circunstancias, una guerra no de pergaminos, sino armada, castigará tan atroces infracciones de las obligaciones morales y de la justicia social. La probabilidad de alianzas incompatibles entre los diferentes Estados o confederaciones y las distintas naciones extranjeras, y el efecto de esta situación sobre la paz general, han sido puestos en claro ampliamente en anteriores artículos. De este estudio hemos deducido que América, en el caso de disgregarse completamente, o de quedar unida solamente por el débil lazo de una simple liga ofensiva y defensiva, se vería envuelta gradualmente, como consecuencia de dichas alianzas discordantes, en los perniciosos laberintos de la política europea y en sus guerras; y que con las destructoras contiendas entre sus partes componentes se convertiría en la presa de los artificios y las maquinaciones de potencias igualmente enemigas de todas ellas. _Divide et impera_ (1) debe ser el lema de toda nación que nos teme o nos odia (2)PUBLIO
-------------------------Notas
(1) Divide y vencerás.- PUBLIO. (2) Con el fin de que toda la materia de estos artículos se someta cuanto antes al público, se van a publicar cuatro veces por semana, los martes en El Correo de Nueva York, y los jueves en el AnunciadorCotidiano.- PUBLIO.
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